El Congreso del Estado recibió una iniciativa para ampliar de forma expresa el catálogo de personas que pueden ser sujetas a juicio político, a fin de incorporar a quienes encabezan organismos con autonomía constitucional y a integrantes de nuevas instancias del Poder Judicial que surgieron tras la reforma aprobada en 2024. La propuesta busca cerrar vacíos legales y alinear la legislación local con el marco constitucional vigente.
El planteamiento, impulsado por el diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, de Morena, propone reformar el artículo 7 de la Ley de Juicio Político del Estado. El objetivo es armonizar la norma secundaria con la Constitución federal y la estatal, que ya prevén la responsabilidad política de figuras que no estaban mencionadas de manera explícita en la ley local.
La iniciativa incluye a las personas titulares de los organismos a los que la Constitución del Estado les reconoce autonomía, así como a las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial y a las personas integrantes del Órgano de Administración Judicial. De acuerdo con el documento, la omisión de estas figuras genera un vacío normativo contrario a los principios de supremacía constitucional, legalidad y seguridad jurídica, al excluir del control político a autoridades con funciones constitucionalmente relevantes.
El texto advierte que la redacción propuesta no distingue entre organismos constitucionales autónomos y organismos descentralizados con autonomía reconocida en la Constitución, lo que abre un margen de interpretación sobre su eventual aplicación a entes como la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, cuya naturaleza jurídica la definió la Suprema Corte como un organismo descentralizado con autonomía de gestión y autogobierno.
En la exposición de motivos se retoma lo dispuesto en el artículo 110 de la Constitución federal, que establece como sujetos de juicio político, entre otros, a magistraturas locales, a integrantes de tribunales de disciplina judicial y órganos de administración de las judicaturas, así como a personas integrantes de organismos con autonomía constitucional, cuando incurran en violaciones graves a la Constitución o en el manejo indebido de recursos públicos.
La propuesta aclara que no se eliminan ni sustituyen los sujetos ya contemplados en la ley vigente, como:
- Diputaciones locales
- Magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia
- Jueces de Primera Instancia
- Integrantes del Ejecutivo estatal
- La Fiscalía General
- Autoridades municipales
- Auditor Superior del Estado
La reforma únicamente agrega de manera expresa a las nuevas figuras constitucionales y a los titulares de organismos autónomos.
El promovente sostiene que esta adecuación fortalece el sistema de pesos y contrapesos y la rendición de cuentas, al evitar que determinadas autoridades queden fuera del escrutinio del Congreso por omisiones en la legislación secundaria. La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Gobernación, presidida por el diputado Héctor Serrano Cortés.


