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Serrano propone castigar con cárcel el uso doloso de inteligencia artificial en San Luis Potosí

La iniciativa contempla castigar con cárcel el uso doloso de inteligencia artificial en la creación de contenidos falsos que generen alarma o desinformación.

El Congreso del Estado de San Luis Potosí recibió una iniciativa del diputado Héctor Serrano Cortés, coordinador del Partido Verde, que busca sancionar penalmente la manipulación de contenidos mediante inteligencia artificial (IA) cuando se utilice con fines de engaño, desinformación o afectación social.

La propuesta, integrada al orden del día de la sesión ordinaria de este martes, plantea castigar a quien falsifique imágenes, audios, videos o documentos usando herramientas de IA con el propósito de alterar la realidad, provocar alarma o socavar la confianza en las instituciones.

Serrano aclaró que la medida no pretende regular las plataformas digitales ni limitar la libertad de expresión, sino castigar conductas individuales dolosas. “No se trata de censurar, sino de sancionar a quien usa la inteligencia artificial para crear realidades falsas, alterar documentos o generar terror social”, afirmó el legislador, quien consideró que algunas críticas a su iniciativa derivan de “malentendidos”.

El documento, de 23 páginas, propone incorporar tres nuevos artículos al Código Penal del Estado: el 187 Ter, sobre el uso no autorizado de imagen o voz generada mediante IA, y los 272 Bis y 272 Ter, dentro de un nuevo capítulo denominado “Uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”.

Las sanciones contemplan:

  • Penas de uno a tres años de prisión y multas de hasta 300 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) para quienes manipulen o difundan la imagen o voz de una persona sin su consentimiento.
  • De tres a seis años para quienes generen desinformación con IA que provoque alarma o confusión.
  • De cuatro a ocho años si se simulan declaraciones o actos de autoridades públicas con el fin de dañar la seguridad o la confianza institucional.

Además, se establecen agravantes cuando las conductas ocurran durante procesos electorales o a través de cuentas automatizadas. También se incluyen excepciones para contenidos periodísticos, académicos, artísticos o de parodia, siempre que se aclare su carácter y no exista intención de generar alarma.

La iniciativa se turnó a la Comisión Primera de Justicia para su análisis y eventual dictamen.

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