El Juzgado Octavo de Distrito en San Luis Potosí concedió un amparo a un grupo de personas con discapacidad de Villa de Pozos, tras determinar que el Plan Municipal de Desarrollo 2024-2027 se aprobó sin garantizar un proceso de consulta efectivo, accesible e informado.
La resolución, emitida por la jueza Norma Angélica Ávila Veyna en favor del recurso presentado en marzo de 2025 por la organización Cambio de Ruta A.C., establece que el Concejo Municipal incumplió su deber de garantizar la participación ciudadana en igualdad de condiciones.
El fallo ordena reponer el procedimiento de consulta, con mecanismos reales y ajustes razonables que aseguren la participación plena de este sector. Además, el municipio deberá modificar el Plan de Desarrollo conforme a los resultados de dicha consulta, pues el tribunal enfatizó que este proceso no puede ser simbólico, sino vinculante y con incidencia directa en las políticas públicas.
La sentencia cita la Constitución Mexicana, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Acuerdo de Escazú, subrayando que la participación ciudadana no es una concesión administrativa, sino un mandato legal ineludible, sobre todo para comunidades históricamente marginadas.
Cambio de Ruta A.C. destacó que esta decisión judicial reafirma el valor del activismo jurídico como vía para defender derechos humanos cuando las instituciones públicas no cumplen con sus obligaciones, y consideró el fallo un paso importante hacia la inclusión, la accesibilidad y la justicia social en San Luis Potosí.