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CEDH de San Luis Potosí emite nuevo Código de Conducta para su personal

La CEDH de San Luis Potosí publicó un nuevo Código de Conducta con reglas sobre imagen institucional, lenguaje, declaraciones públicas y uso de recursos.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos publicó un nuevo Código de Conducta obligatorio para su personal, el cual incorpora lineamientos sobre ética institucional, comunicación pública, imagen personal y manejo de recursos públicos, además de advertir posibles procedimientos administrativos por incumplimientos.

El acuerdo se emitió por el Órgano Interno de Control y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 18 de mayo de 2026. El documento establece principios, reglas de integridad y obligaciones dirigidas a todas las personas servidoras públicas de la Comisión.

Entre las disposiciones incluidas, el Código contempla reglas redactadas con conceptos amplios sobre conducta y comportamiento institucional. Una de ellas señala que el personal deberá mantener un “actuar irreprochable” y evitar “actividades inapropiadas”, aunque el documento no especifica qué acciones entrarían en esas categorías ni los criterios para interpretarlas.

Otra disposición indica que las personas trabajadoras deberán cuidar que su apariencia y lenguaje sean apropiados conforme a la imagen institucional de la CEDH. Sin embargo, el Código no define parámetros concretos relacionados con presentación personal, expresiones o formas de comunicación.

En materia de comunicación institucional, el documento establece que el personal deberá evitar declaraciones que afecten la credibilidad o reputación de la Comisión o que puedan generar interpretaciones equivocadas sobre sus actividades y actuaciones oficiales.

El Código también incorpora reglas de confidencialidad sobre información institucional, al señalar que el personal no podrá compartir datos con personas ajenas a los procesos internos, incluyendo familiares, amistades o terceros, salvo en los casos permitidos por la ley.

Dentro de las nuevas disposiciones aparece además la prohibición de realizar proselitismo o inducir preferencias políticas, religiosas o personales durante el desempeño de funciones oficiales dentro de la institución.

El documento obliga a todas las personas servidoras públicas a firmar una carta compromiso para aceptar y cumplir permanentemente los principios, valores y reglas establecidos en el Código de Conducta.

Además de estas medidas, el Código incluye disposiciones relacionadas con la prohibición de discriminación, acoso, conflictos de interés y uso indebido de recursos públicos, así como lineamientos de igualdad de género, respeto a los derechos humanos y rendición de cuentas.

También se incorporan reglas orientadas a mantener espacios laborales libres de violencia y acoso, además de obligaciones de trato igualitario hacia todas las personas sin distinción de género, religión, condición social, orientación sexual o discapacidad.

En materia administrativa, el documento establece restricciones sobre el uso de fondos, bienes institucionales e información oficial, prohibiendo obtener beneficios personales o favorecer a terceros mediante recursos públicos.

La publicación del nuevo Código se deriva de las reformas realizadas en 2025 a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado, las cuales diferenciaron formalmente los códigos de ética y los códigos de conducta dentro de organismos públicos.

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