El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí instruyó al Congreso del Estado de San Luis Potosí modificar la Constitución local para incorporar la figura de revocación de mandato, al concluir que la entidad mantiene una omisión legislativa desde la reforma federal aprobada en 2019.
La resolución fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Tribunal, que otorgó un plazo de 180 días para que las y los diputados realicen las adecuaciones correspondientes en la legislación estatal.
El fallo deriva del juicio ciudadano TCLP-JDC-08-2026, promovido por Cenorina Bernal Fernández, integrante del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, quien señaló que San Luis Potosí no armonizó su marco jurídico con la reforma constitucional federal en materia de participación ciudadana.
De acuerdo con la resolución, el Congreso estatal incumplió con la obligación de incorporar el mecanismo de revocación de mandato dentro del plazo establecido a nivel federal, situación que limita derechos político-electorales de la ciudadanía.
La reforma federal publicada en 2019 reconoció la revocación de mandato como una herramienta de participación ciudadana para evaluar la continuidad de las personas titulares del Poder Ejecutivo. Además, estableció que las legislaturas estatales debían adecuar sus constituciones locales en un periodo determinado.
El Tribunal consideró que la falta de armonización en San Luis Potosí mantiene restringido un derecho ya reconocido en la Constitución federal, por lo que ordenó al Poder Legislativo iniciar el proceso de reforma correspondiente.
Con esta determinación, el Congreso deberá analizar y aprobar modificaciones constitucionales para incluir formalmente este mecanismo en el marco jurídico estatal.



