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SCJN invalida cobro aprobado por Congreso de SLP a infraestructura eléctrica en Villa de Ramos

La SCJN invalidó el cobro por licencias a infraestructura eléctrica aprobado en la Ley de Ingresos de Villa de Ramos y respaldado por el Congreso de SLP.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló el cobro por licencias de funcionamiento a infraestructura eléctrica que el Ayuntamiento de Villa de Ramos pretendía aplicar durante este año, luego de determinar que la medida invade facultades exclusivas del Gobierno federal en materia energética.

La resolución deriva de la controversia constitucional 68/2025, promovida por el Gobierno federal contra disposiciones incluidas en la Ley de Ingresos del municipio, previamente aprobada por el Congreso del Estado de San Luis Potosí.

El artículo impugnado autorizaba al municipio cobrar permisos relacionados con infraestructura eléctrica, incluyendo subestaciones y postes. La Federación argumentó que ese tipo de regulación corresponde exclusivamente al ámbito federal debido a que la energía eléctrica es considerada un área estratégica nacional.

Durante el proceso, el Congreso potosino defendió la legalidad de la disposición al sostener que el cobro se encontraba respaldado por la autonomía municipal y por criterios judiciales relacionados con contribuciones aplicadas a servicios públicos federales.

Sin embargo, la Suprema Corte concluyó que la Ley de Coordinación Fiscal prohíbe a estados y municipios establecer cobros sobre bienes de dominio público destinados al servicio de energía eléctrica.

En su resolución, el máximo tribunal declaró inválidos los apartados de la Ley de Ingresos de Villa de Ramos que permitían el cobro de estas licencias, dejando sin efectos la medida para el ejercicio fiscal vigente.

La decisión representa un nuevo revés judicial para el Congreso local en materia de aprobación de disposiciones fiscales municipales vinculadas con sectores regulados por la Federación.

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