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Tribunal Electoral ordena al Congreso de SLP legislar sobre revocación de mandato

El TEESLP ordenó al Congreso de San Luis Potosí reformar la Constitución local para incorporar la revocación de mandato en un plazo de 180 días.

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí ordenó al Congreso del Estado de San Luis Potosí reformar la Constitución local para incorporar la figura de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo estatal, al considerar que existe una omisión legislativa que limita derechos de participación ciudadana.

La resolución fue emitida dentro del juicio ciudadano TCLP-JDC-08-2026, promovido por Cenorina Bernal Fernández, integrante del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, quien señaló que el estado no ha armonizado su legislación con la reforma constitucional federal aprobada en 2019.

De acuerdo con el fallo, las y los diputados locales incumplieron con la obligación de adecuar la Constitución estatal para reconocer el mecanismo de revocación de mandato, pese a que el plazo federal para realizar dicha armonización venció desde hace varios años.

La reforma publicada a nivel federal en diciembre de 2019 estableció la revocación de mandato como un instrumento de participación ciudadana y control democrático, además de fijar un periodo de 18 meses para que las legislaturas estatales realizaran las modificaciones correspondientes en sus marcos jurídicos.

El Tribunal determinó que la falta de actualización en San Luis Potosí restringe derechos político-electorales de la ciudadanía, al no permitir el acceso a un mecanismo reconocido constitucionalmente en el ámbito federal.

Por unanimidad, el pleno del TEESLP instruyó al Congreso estatal realizar las reformas necesarias en un plazo máximo de 180 días para incorporar formalmente la figura de revocación de mandato en la Constitución local.

Con esta resolución, el Poder Legislativo deberá iniciar el proceso de análisis y modificación constitucional para cumplir con el mandato emitido por la autoridad electoral.

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